Inicio Alberto Cotes Análisis crítico de la logística en Barrancabermeja – Por: Alberto Cotes A

Análisis crítico de la logística en Barrancabermeja – Por: Alberto Cotes A

Análisis crítico de la logística en Barrancabermeja – Por: Alberto Cotes A

Barrancabermeja se ha consolidado como un importante punto de desarrollo industrial en la región, focalizando su actividad alrededor de los servicios petroleros derivados de la explotación y del procesamiento de refinación del crudo.


En tal sentido, actualmente la ciudad ha evolucionado para convertirse en un clúster de servicios especializados para la industria petrolera en toda su cadena de producción, lo cual, combinado con su ubicación geográfica y conectividad con varios modos de transporte, hacen de esta ciudad un punto importante a organizar en materia logística.


Bajo el anterior contexto, el aprovechamiento que se le pueda dar a la intermodalidad para el transporte de carga hacia y desde diferentes zonas del país, se constituye en un aspecto relevante para la economía local, regional y nacional, toda vez que permitirá el manejo de grandes volúmenes de carga, y, por consiguiente, la reducción en los costos totales de las operaciones logísticas.


De igual manera, la intermodalidad es importante para el desarrollo de proyectos específicos, como la de logística, la cual recibirá parte de la carga fluvial en sus instalaciones. Esta coyuntura permite plantear una serie de estrategias que ayudarán a impulsar el aprovechamiento de la navegabilidad del río Magdalena, en especial a aquellas cadenas logísticas con vocación para utilizar los servicios de la PLMB.


La implementación de una plataforma logística en un entorno con base productiva consolidada y con demanda identificada de servicios logísticos, como es el caso de Barrancabermeja, constituye una oportunidad para que mediante la aglomeración de servicios se desencadene un efecto de atracción empresarial y de mejora de la operatividad de las empresas ya instaladas, que se traduce tanto en una reducción de los costos logísticos, como en el desarrollo de nuevas actividades logísticas de valor agregado, que impacta positivamente en la competitividad de las empresas y por ende, del territorio. Así mismo, es una oportunidad de reforzar el uso del modo fluvial en el manejo de cargas, mediante la implementación de políticas que comprendan los segmentos de carga objetivos identificados, la visión de los potenciales usuarios y las herramientas para su desarrollo.


A pesar de ser Barrancabermeja un punto geográfico estratégico del comercio exterior dentro de Colombia, a la fecha la explotación de esta localización no se ha realizado de manera importante.


A lo largo de las décadas el río Magdalena ha servido para transportar mercancía desde y hasta Barrancabermeja y otros puertos fluviales a lo largo del río. Sin embargo, los volúmenes de carga transportados no son significativos comparados con el potencial que puede tener el río Magdalena. De acuerdo a estadísticas del Ministerio de Transporte de Colombia, en el año 2017 los puertos fluviales de Barrancabermeja movilizaron un total de 3.173.491 toneladas de carga, de las cuales el 86,87 % de la misma fue carga que salió de Barrancabermeja, y el restante 13,13 % fue carga que entro a los puertos de la ciudad.


Del total de la carga fluvial movilizada a través de la ciudad de Barrancabermeja, el 98.32 % corresponde a hidrocarburos, y un 1.68 % a otro tipo de carga que entra y sale de los puertos, con lo cual se evidencia un predominante uso de los servicios fluviales de Barrancabermeja hacia los productos que transporte Ecopetrol, siendo casi insignificante otro tipo de carga.


De otro lado, la entrada en operación del puerto más importante sobre el río Magdalena (IMPALA) con una inversión de US $ 1.000 millones, ha permitido el crecimiento del volumen de carga operada desde los Puertos de Barrancabermeja, siendo la participación de este del 45.76 % del total del volumen movido en Barrancabermeja.


Ahora bien, la entrada en escena del Gobierno Británico que aportará una suma considerable de Dólares a fin de “estructurar integralmente” la Plataforma Logística de Barrancabermeja pone de presente varias consideraciones que, a mi parecer, no han sido tenidas en cuenta.


1.- Es necesario que, mediante un Acto Administrativo Distrital, se den las pautas que permitan al municipio de Barrancabermeja iniciar de inmediato la implementación de las soluciones normativas que se consideran necesarias para adoptar la propuesta de ordenamiento logístico contenida en los estudios de la plataforma logística realizados por ALG-GEA hace unos años y, de las propuestas de ordenamiento logístico del estudio que está por iniciar. Adicionalmente, ese acto administrativo debe contemplar medidas de fortalecimiento institucional que faciliten la implementación de la propuesta de ordenamiento logístico contenida en la propuesta de la PLMB que surja de esos estudios.


El proyecto de Decreto contemplaría sustancialmente dos aspectos: Un capítulo, relacionado con la creación de una Zona de Ordenamiento Logístico Urbano (ZOLU) que prevé un marco para la actividad, y que contempla, entre otros, aspectos tales como:  a. Definición de instrumentos; b. Iniciativa y participación privada; c. Declaratoria de interés público; d. Pertinencia de revisar el POT. Y un segundo capítulo que recoge la implementación de un Programa de Ordenamiento Logístico Urbano, dentro del cual se prevé la denominación del programa, se establecen competencias y se asignan algunas funciones. En aquellos casos en que el ordenamiento le haya otorgado competencia para hacerlo, es decir, cuando no se trate de reglamentación de vías nacionales o departamentales. En todo caso, el Distrito debe velar por la integración intermunicipal y con las otras entidades territoriales. Por último, se destaca la importancia de contar con el concurso de las denominadas mesas ciudad región, como factor de alta incidencia en el proceso de integración de la ciudad con los municipios circunvecinos.


2.- En segundo orden, desde la óptica de la legislación tributaria vigente en Colombia, podría evaluarse la posibilidad de fomentar el desarrollo de la plataforma logística mediante la concesión de beneficios de orden tributario a quienes participen del proyecto. En efecto, de acuerdo con lo previsto en el numeral cuarto del Art. 313 de la Constitución Política, le corresponde a los concejos “votar de conformidad con la Constitución y la ley los tributos y los gastos locales”. Adicionalmente, a partir de lo dispuesto en el Art. 38 de la Ley 14 de 1983 norma que reguló en su Capítulo II lo referente al impuesto de industria y comercio, se prevé expresamente la posibilidad que los municipios concedan, bajo ciertos criterios, exenciones de impuestos municipales. En efecto, señaló la norma en comento que “Los municipios solo podrán otorgar exenciones de impuestos municipales por plazo limitado, que en ningún caso excederá de diez años, todo de conformidad con los planes de desarrollo municipal”. En este mismo sentido, el artículo 258 del Decreto 1333 de 1986 (Código de Régimen Municipal) señaló que “los municipios y el Distrito Especial de Bogotá, sólo podrán otorgar exoneraciones de impuestos municipales por plazo limitado que en ningún caso excederá de diez (10) años, todo de conformidad con los planes de desarrollo Municipal”. De otra parte, a nivel local, el Acuerdo 029 de 2005 del Concejo Municipal de Barrancabermeja dispone el en Art. 7 que “únicamente el Municipio de Barrancabermeja como entidad territorial puede decidir qué hacer con sus propios tributos y si es del caso, conceder alguna exención o tratamiento preferencial, de conformidad con la Ley y demás normas vigentes”.


Así las cosas, se podría evaluar la posibilidad de otorgar un tratamiento preferencial o eventualmente una exención a nivel de impuestos municipales con el fin de fomentar el desarrollo del proyecto. Sin embargo, deben evaluarse diferentes criterios (sociales, económicos, financieros del municipio), de tal forma que la medida resulte atada a otras variables como generación de empleo, fomento de la productividad, etc., para saber si puede resultar procedente la medida con miras a decretar una medida de la naturaleza señalada como fórmula para incentivar el desarrollo del proyecto.


Finalmente – y he ahí mi preocupación – ¿Está el Gobierno Distrital dando pasos hacia estos aspectos o todo se queda en declaraciones cosméticas que no están previendo el verdadero desarrollo de la ciudad? Dejo a consideración de la ciudadanía la respuesta a este interrogante.


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