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Una Reforma a la salud Inconveniente – Por: Carolina Corcho

En conclusión, esta es una reforma inconveniente, que retrocede en los logros del derecho fundamental a la salud. El país necesita una reforma estructural al sistema de salud que reglamente la ley estatutaria en salud, claramente no es esta iniciativa

Una Reforma a la salud Inconveniente – Por: Carolina Corcho

El día de hoy 9 de mayo, el Doctor Germán Vargas Lleras escribió un artículo, en el periódico El Tiempo, el cual denominó “Mentiras y Verdades: Los promotores del paro han enfilado ahora contra la reforma a la salud” (1).

Lo primero que habría que expresarle al Ex Vicepresidente es que la oposición y posturas críticas al proyecto de ley 010 de Reforma a la Salud, no inicia con el paro convocado el 28 de abril, desde el momento mismo que esta iniciativa se radicó, con documentos de análisis de fondo más de 120 organizaciones de la sociedad civil, médicas, de pacientes, expresaron su desacuerdo con el mismo.

Frente a la penúltima ponencia, de nuevo, 230 organizaciones académicas, de profesionales de la salud y de la sociedad civil, expresaron su desacuerdo, haciendo un análisis de cada uno de los artículos, la mayoría de estos se mantienen en la ponencia que reorganizó la subcomisión designada por el Congreso para consensuar las más de 300 proposiciones presentadas por los congresistas (1. Ver documento de la sociedad civil).

El proyecto de ley 010, es inconveniente, regresivo, no resuelve los problemas de la salud evidenciadas por la pandemia del Sars Cov Covid-19, retrocede respecto a conquistas ciudadanas y constitucionales en la consolidación del derecho fundamental a la salud.

Me referiré a cada uno de los elementos expresados por el Dr. Vargas Lleras en su columna de opinión, contrastándolo con el articulado oficial publicado por el Congreso de la República en la Gaceta 335 del 27 de Abril de 2021. Dice la columna que la reforma que proponen:

“(…) Se habilitan herramientas para intervenir y liquidar aquellas empresas que hoy incumplen los criterios de habilitación técnica y financiera, demoran la atención, los procedimientos y no entregan medicamentos (…)”

“Y claro, del proyecto les molestan los criterios de evaluación del aseguramiento que permitiría depurar el sistema”. (Columna de Opinión del Tiempo, Mayo de 2021).

Lo que no dice la columna es que no se necesita esta ley para hacer lo que denominan la “depuración de las EPS”, no se entiende como no lo han hecho.

La Superintendencia de Salud tiene los instrumentos para hacerlo, con la aprobación de la ley 1949 de 2019 que otorga dientes a esta Institución para liquidar las EPS que no cumplan con requisitos.

Según el informe de la Super Salud para el 2020, de 24 EPS de régimen contributivo y subsidiado, evaluadas en cuanto cumplimiento de patrimonio adecuado (margen de solvencia), solo 12 cumplen con este parámetro.

Existen 6 EPS quienes se les dio la gabela de hacer una reorganización o plan de ajuste, ninguna cumple requisitos de habilitación financiera, aún cuando la flexible normatividad expedida por el Ministerio de Salud con el Decreto 2702 de 2014, el 2117 de 2016 y 718 de 2017, les entregó todas las alternativas para garantizar su supervivencia, y ni aún así han logrado cumplir los requisitos financieros.

En la práctica estas EPS deberían estar liquidadas, pero la normativa ministerial generada durante la administración del Dr. Alejandro Gaviria, les ha entregó un salvavidas. Esta situación no cambia con el proyecto de ley 010 de 2020. De hecho en el artículo 37 les posibilitan a las EPs convertirse en sociedades comerciales.

Ahora bien, la depuración de las EPS, que se podría iniciar desde este mismo instante, sin necesidad de esta reforma, implicaría que el sistema quede en un oligopolio de unas pocas EPS, lo cual no es deseable, en el entendido de lo que ha demostrado en el mundo, es la inconveniencia de que los derechos fundamentales queden en manos de oligopolios o monopolios, esta situación se evidenció con la producción de vacunas para el Covid-19 en el mundo, el resultado es el acaparamiento de las mismas en los países el norte global conforme a expresado Oxfam, y el acceso inequitativo a las mismas como bien público universal de la humanidad, razón por la cual los EEUU ha anunciado el apoyo de la liberación de las patentes de las vacunas, que contribuyan a un acceso equitativo, en contra de los oligo y monopolios.

En Colombia se ha demostrado que las EPS mejor rankeadas tienen entre 1,3 y 3 millones de afiliados (3), tienen ingresos adicionales de prepagadas y planes complementarios, están integradas verticalmente con clínicas, en su mayoría en centros urbanos.

El oligopolio aumentaría el número de afiliados por obligación, lo que necesariamente empeoraría la calidad de la atención, lo que implicaría que el país de nuevo tendría que abocarse a una reforma estructural del sistema, en la búsqueda de un nuevo diseño institucional.

Luego la teoría del columnista de que los problemas del sistema se solucionan sacando unas malas EPS como manzanas podridas, no es cierto, cae de su propio peso.

Se necesita una verdadera reforma estructural al sistema de salud, con un nuevo diseño institucional.

Continúa la columna expresando que es mentira que se acaba el Instituto Nacional de Cancerología (INC) y se le entregaría a Luis Carlos Sarmiento, lo que no dice el columnista es que en el artículo 57 de la Gaceta, se expresa que se otorgarán facultades extraordinarias al Presidente de la Republica para transformar el INC y reestructurarlo, es decir, se entrega un cheque en blanco, pero luego agrega algo que no teníamos conocimiento, que el “grupo”, supongo que es el grupo aval, hará una donación de un billón de pesos para que el INC, funcione como “Fundación sin ánimo de lucro”.

¿Cómo que interés tendría un “grupo” de donar un billón de pesos a cambio de nada? ¿Por qué no se expresa abiertamente en el articulado qué es lo que van a hacer con el instituto a ciencia cierta?

Continúa la columna diciendo que no es verdad que se vayan a cerrar hospitales públicos, esto no es cierto.

En la gaceta en el artículo 50, hablan de fusión o integración de empresas sociales del estado que no cumplan condiciones de sostenibilidad financiera, esto es contrario a la ley estatutaria en salud que expresa que los hospitales no tienen la obligación de ser rentables financieramente, sino brindar rentabilidad social.

El exiguo subsidio a la oferta que dice el columnista que se entregaría a los hospitales, se los quitan en el artículo 54, parágrafo 1, para entregárselos a las Alianzas Público Privadas, que dicho de paso, no han funcionado en el mundo para construir y dotar infraestructura hospitalaria, en el Reino Unido se demostró que le cuesta dos o tres veces más al Estado construir un hospital con alianza público privada, que si lo hiciera solo.

Continúa desinformando la columna cuando dice que es mentiras que este proyecto de ley limita la formación médica, claro que lo hace, en el artículo 69, parágrafo 2 y 3, acaban con la medicina familiar como profesión médica, intervienen los currículos, para acortar el tiempo de formación, en contra de la autonomía universitaria, la autonomía profesional y autorregulación.

En cuanto a la igualación de los planes de salud, para que la atención sea igualitaria en el país, no se requiere este proyecto de ley, esto es una orden de la Corte Constitucional en la Sentencia T-760 en el 2008, que debió cumplirse desde hace doce años en Colombia.

Depende solo de la voluntad política del gobierno nacional, y puede implementarse hoy mismo si se quiere.

No es cierto tampoco que este proyecto de ley garantice la prestación de servicios de salud, en el artículo 30, se retrocede en la obligatoriedad de financiación de la prestación de servicios de salud en Colombia, se deja esto a discrecionalidad del Ministerio de Hacienda, cuando el Congreso, en cumplimiento del derecho a la salud debe garantizar la financiación.

También se hace mención de los auxilios a la maternidad de mujeres del régimen subsidiado, se debe aclarar que estos estarían dirigidos para las mujeres que contribuyan al sistema, es decir, deben pagar por esto (Art 32, Gaceta 335).

Con este proyecto de ley, billones de recursos de la salud que son aportes de los colombianos están en juego, la lógica de extracción de renta para desviar recursos como se hizo en Saludcoop, Cafesalud y otras EPS, sigue vigente.

La introducción del concepto de prima de aseguramiento a lo largo del articulado (Art 41, Gaceta 335), que es una concepción de los seguros privados, así lo demuestran.

Se han planteado el concepto de conglomerados empresariales, que ahora denominan “matriz” (Art 78, gaceta 335), esto en la vía de la privatización de los recursos de la salud, como si los recursos de la salud que corresponden a aportes de los colombianos, pudieran tener una destinación distinta al del cuidado de salud y la vida.

Esto no es inocuo, como dicen algunos, no es irrelevante, se trata de entronizar en una ley de la república la contrarreforma a la ley estatutaria, y la legalización de los mecanismos que utilizó Saludcoop para desviar 1,5 billones de recursos públicos de la salud con otros fines distintos de la salud (4. Ver informe sobre caso Saludcoop).

En conclusión, esta es una reforma inconveniente, que retrocede en los logros del derecho fundamental a la salud. El país necesita una reforma estructural al sistema de salud que reglamente la ley estatutaria en salud, claramente no es esta iniciativa, que ha tenido un amplio debate en 8 audiencias ciudadanas, en donde no se ha considerado las demandas ciudadanas, poderosos intereses pugnan por mantener la salud como negocio en Colombia.

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Carolina Corcho es Médica Psiquiatra, Presidenta de la Corporación Sur, Vicepresidente de la Federación Médica Colombiana

  1. Mentiras y verdades – Columna de Germán Vargas Lleras – Columnistas – Opinión – ELTIEMPO.COM
  2. https://sites.google.com/view/solicitud-archivo-pl-010
  3. Las EPS en el sistema de salud: un dolor de cabeza – Razón Pública (razonpublica.com)
  4. Ideas verdes | Corporación Latinoamericana Sur

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