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Mala o buena la caída de la ley de financiamiento – Por: Juan Manuel López C

Mala o buena la caída de la ley de financiamiento – Por: Juan Manuel López CAl darse el pronunciamiento por vicios de trámite no se aclaró el esperpento que era, y del ministro para abajo, todos la reconocen como una reforma tributaria.

 

Malo que se haya caído la ley de financiamiento, no porque hubiera sido conveniente o mejor una declaración de exequibilidad, sino porque al darse el pronunciamiento por vicios de trámite no se aclaró el esperpento que era.

 

En efecto no salió a la luz sino el intento de atropello que se pretendió adelantar, pero quedó por fuera el cuestionamiento sobre los problemas financieros y de contenido jurídico que presentaba.

 

El argumento principal para intentar impulsar la ley no fue la calidad o bondad de esta sino la inseguridad jurídica y económica que su caída produciría.

 

Hoy no puede ser peor la situación pues, además apenas se comenzará a debatir sobre lo que contenía. Se volvió realidad el peligro de esa incertidumbre, pero no se subsanaron ni aclararon aquellos puntos que conllevan posibles razones de fondo de inconstitucionalidad.

 

La ley de financiación es para ajustar los faltantes del presupuesto en ejercicio. Todas las discusiones y argumentos expuestos tanto por los defensores como por los críticos se referían es a los efectos futuros.

 

Sorprende la desfachatez con la que, del ministro para abajo, todos los propulsores de esta ley la reconocen como una reforma tributaria a la que le cambiaron el nombre para poder darle un trámite que la ley prohíbe.

 

Igualmente incluye una amnistía que se busca colar en forma subrepticia ya que por jurisprudencia reiterada otros casos similares se han caído debido a que son normas de carácter discriminatorio que privilegian a algunos.

 

Y quedan pendientes otras 22 demandas sobre aspectos puntuales, de las cuales se sabe que por lo menos la mitad tenían vocación de prosperar, lo cual señala lo deficiente de la ley y predicen los puntos que se deberán cambiar y la dificultad para hacerlo.

 

En cuanto a la inconveniencia desde el punto de vista financiero no podrían existir dudas: la estructura central de la propuesta inicial era la de disminuir la tributación a las empresas y compensar principalmente con el aumento de la base de tributación, ampliando el IVA a la canasta familiar, y gravando las transacciones de compraventa de inmuebles que superaran determinada suma.

 

En su paso por el Congreso lo primero desapareció, y el recaudo de lo segundo en el periodo de su vigencia no ha alcanzado ni el 3 % de lo esperado y en cambio ha provocado la recesión en la actividad constructora privada.

 

Es decir, la ley tal como salió aprobada quedó trunca, con la doble consecuencia de que aumenta los faltantes fiscales y solo beneficia a los sectores poderosos.

 

El ministro Carrasquilla usó como argumento de remplazo el supuesto de que el crecimiento de la economía puede subsanar ese hueco (no explica por qué la situación nueva traería ese resultado o si es que antes no se contaba con eso).

 

Todo el planteamiento bajo la teoría, hoy más que cuestionada prácticamente descartada, de que la sola disminución del impuesto a las empresas aumenta el recaudo, propicia el crecimiento y genera empleo.

 

En todo caso el consenso entre la mayoría de los analistas expertos ajenos al gobierno, nacionales y extranjeros, privados e institucionales (Fedesarrollo, Anif, universidades, planeación misma, etc.), que se supone coinciden con las calificadoras de riesgo, es que los ingresos fiscales disminuirían en vez de aumentar a partir del año entrante, con lo cual aún si la teoría fuese válida no aplicaría en este caso, y estaríamos ad-portas de una baja del grado de inversión.

 

La idea de volver a aprobarla idéntica para hacerlo de forma expedita no parece viable; muchas controversias quedaron pendientes, jurídicas y financieras, pero también respecto a la equidad social.

 

Pero seguimos con que la Corte sigue legislando (bajo la figura de ‘modulando’) y, peor aún, que lo hace mediante ‘comunicados’ que no son aún sentencias sobre las cuales se pueda concretar su contenido final para sobre ello tomar decisiones.

 

La idea de volver a aprobarla idéntica para hacerlo de forma expedita no parece viable, por los pendientes que quedaron, incluido la equidad social.

 

 

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