La señora Yvone Gómez Myers, es una dama barranqueña muy conocida en la ciudad porque toda la vida se ha dedicado al negocio de organizar eventos, reuniones sociales y celebraciones de tipo familiar y empresarial. Sin duda, estamos frente a una mujer emprendedora.
Doña Yvone, en medio de sus actividades comerciales, conoció en Barrancabermeja a una dama de nacionalidad francesa de nombre Stephanie Geneviève Marie Peix, con quien conformó —comercialmente— una sociedad de hecho. ‘Le madame’ es una gourmet con un gusto delicado y de exquisito paladar, que sabe de gastronomía y conoce el nivel de sabor, fineza y calidad de la cocina francesa y sus prestigiosos vinos.
Usualmente, una sociedad de hecho se concreta de palabra, ya que los contratos no son un requisito indispensable para su formación.
Doña Yvone Gómez y le madame Stephanie Marie instalaron un restaurante de comida francesa en el sector del barrio Buenos Aires, calle 48 entre carreras 18 y 17, donde la ganancia de capital y el principio de la buena fe eran el fundamento entre las partes.
De acuerdo a la señora Yvone Gómez, ella aportó a la sociedad un capital representado en varios miles de millones de pesos. El establecimiento comercial arrancó, exitosamente, sin ningún problema, hasta que apareció el esposo de la ciudadana francesa —que no era socio del restaurante— pero que empezó a interferir en el negocio (según cuenta doña Yvone), hasta llegar al extremo de «amenazarla en forma violenta», por lo que ella —en una decisión absolutamente discrecional— decidió abandonar el restaurante y liquidar la sociedad de hecho que mantenía con le madame Stephanie Marie.
El problema no hubiera sido gran cosa si la ciudadana francesa le devuelve a doña Yvone lo invertido en la sociedad, pero nunca ocurrió así, de tal manera que la afectada —en todo su derecho— decidió abrir un proceso civil ante la justicia colombiana, buscando recuperar su dinero invertido.
La comerciante Yvone Gómez acudió a los servicios profesionales del abogado, César Tulio Martínez Centeno, quien hace uso de una herramienta legal dentro del proceso civil conocida como ‘El Trámite de la Prueba Anticipada’, que es el medio por el cual se da a conocer la producción de un hecho o circunstancia, «con el fin de causar convencimiento o certeza en el juzgador acerca de la realidad de los hechos que han generado el conflicto materia del proceso».
El 1 de diciembre de 2017, hacia las 9 de la mañana, el abogado Martínez Centeno citó ante la Juez Primera Civil del Circuito de Barrancabermeja a la ciudadana francesa, le madame Stephanie Marie (una de las partes dentro del proceso), para obtener —tras un interrogatorio— una ‘prueba de confesión’. Esa prueba, como es anticipada, tiene un efecto jurídico que puede ser utilizada como título ejecutivo para que su clienta, (Yvone Gómez), pueda, con más facilidad, recuperar la plata que le metió a ese fallido negocio del restaurante.
Le madame Stephanie Marie fue notificada anticipadamente para que se presentara en el Palacio de Justicia de Barrancabermeja. Ella debía responder unas preguntas que, en pliego cerrado, le tenían preparadas en la audiencia que buscaban como objetivo aclarar el asunto en cuestión.
La presencia ese día en el juzgado de le madame Stephanie Marie era fundamental porque si ella NO asistía a la cita le causaba a ella —la señora Marie— efectos jurídicos y se daba por sentado que «aprobaba todas las preguntas asertivas relacionadas con el tema» que buscaban, precisamente, que la ciudadana francesa le devuelva el dinero invertido en la sociedad a doña Yvone Gómez.
De acuerdo a lo que manifiesta el abogado César Tulio Martínez, la ciudadana francesa NO se presentó ante la Juez Primera Civil del Circuito y solo (3) tres días después se presentó al juzgado con una ‘excusa médica’ firmada por el pediatra, Yesid Blanco Calvete, en donde certifica que ese día atendió a la pequeña hija de Stephanie Marie, de 22 meses, que fue llevada de urgencia por encontrarse enferma con fiebre alta e infección de garganta, a través de una IPS cuya razón social es CRECER.
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Según se ha podido establecer, luego de pesquisas que se han llevado a cabo por parte de las autoridades, tratando de establecer la autenticidad de la justificación que presentó la ciudadana francesa ante las autoridades, se han establecidos varios ‘hallazgos’ muy preocupantes:
1) La Cámara de Comercio de Barrancabermeja certifica que la IPS CRECER tenía cancelada su matrícula mercantil desde el mes de marzo de 2017, es decir 9 meses antes de que el pediatra «certificara» la incapacidad médica de la niña.
2) La Secretaría de Salud afirma que la IPS CRECER no estaba autorizada —para la fecha de la incapacidad médica— para operar legalmente en el Municipio de Barrancabermeja.
3) La Clínica Magdalena, cuya dirección domiciliaria es la misma que aparece en el certificado de la IPS CRECER, niega que para ese día, 1 de diciembre de 2017, el médico Yesid Blanco estuviera vinculado con esa clínica de la ciudad.
4) PEDICENTRO SAS en la ciudad de Barrancabermeja, la entidad que para la época de los hechos (1 de diciembre de 2017), prestaba servicios médicos a la Empresa Colombiana de Petróleos, Ecopetrol, manifiesta que «ese día el doctor Yesid Blanco Calvete laboraba para esa empresa en la Policlínica de Ecopetrol”, pero en los registros de PEDICENTRO no aparece —a las 9 de la mañana— una atención médica de urgencia como la certifica la IPS CRECER. La certificación la firma el director de PEDICENTRO SAS, médico, Samuel Larios Díaz.
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El gran problema que tiene hoy el pediatra, Yesid Blanco, es que por cuenta de su ‘excusa médica’ (cuya autenticidad es investigada) pudo, presuntamente, «inducir en un error a una autoridad judicial» y por lo mismo deberá responderle a la justicia muchos interrogantes:
— ¿Por qué usó documentación falsa a la hora de expedir una certificación médica?
— ¿Por qué no utilizó una certificación médica personal?
— ¿Por qué, si a las 9 de la mañana del 1 de diciembre de 2017 (hora de la audiencia en el Palacio de Justicia), él estaba prestando sus servicios en la Policlínica de Ecopetrol, la empresa PEDICENTRO no tiene registrada esa cita médica de «urgencia», dada la gravedad que tenía la niña?
Es importante advertir que por cuenta de esa ‘excusa médica’ —de la que las autoridades deberán investigar su autenticidad— se valió la ciudadana francesa para evadir la responsabilidad de atender el interrogatorio en el ‘Trámite de la Prueba Anticipada’ y que la favoreció, mientras que —de la misma forma— perjudicó los intereses de la demandante Yvone Gómez, por lo que de comprobarse conductas punibles en este caso, el pediatra Yesid Blanco podría ser imputado por los delitos de ‘fraude procesal’ y ‘falsedad en documento privado’.
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De momento ya se pudo establecer, por parte del propio médico Yesid Blanco, que «se le estableció su arraigo» por cuenta de funcionarios del CTI de la Fiscalía, lo que indica, coloquialmente, que las autoridades «ya lo tienen en la mira».
Sin embargo, muy a pesar de que el tema NO tiene nada que ver «con política ni con rellenos sanitarios», el médico Yesid Blanco, puso a circular por las redes sociales un video en donde aparece dando «sus explicaciones» sobre el hecho y culpa —injustamente— al ex alcalde de Barrancabermeja, Darío Echeverri Serrano, al abogado Cristhian Gutiérrez Martínez y al reportero Juan Carlos Quiroga como «culpables de su situación jurídica».
Al pediatra Yesid Blanco NADIE lo está condenando.
El médico goza de una presunción de inocencia, pero debe manejar con seriedad el tema, ser responsable a la hora de defenderse, respetar a las autoridades judiciales, evitando la manipulación, dejando a un lado los temas relacionados con el relleno sanitario, pero sobre todo NO «mezclarle politiquería» a un asunto que es de su esfera personal y profesional, pero que, lamentablemente, puede traerle consecuencias penales.
Para guardar el equilibrio informativo, me permito presentarles a continuación las declaraciones del médico Yesid Blanco sobre el particular. Unas explicaciones bastante superficiales y con unas ‘insinuaciones’ que pueden molestar a la Fiscalía.
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Doctor Yesid Blanco, más seriedad a la hora de enfrentar este proceso penal.
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ROSBERG PERILLA PEREZ es un habitual columnista de BARRANCABERMEJA VIRTUAL. Puede ser contactado en el correo electrónico: [email protected]
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