Inicio Invitados ¿Debe o no mantenerse la ley de garantías? – Por: Rodrigo Uprimny

¿Debe o no mantenerse la ley de garantías? – Por: Rodrigo Uprimny

Si el Congreso aprueba ese esperpento jurídico y el presidente no lo objeta (como tendría que hacerlo), el proceso ante la Corte puede tomar algunos meses… Y el daño estará hecho

¿Debe o no mantenerse la ley de garantías? – Por: Rodrigo Uprimny

Puede debatirse si, eliminada la reelección, debe o no mantenerse la ley de garantías. Yo creo que sí pero el tema es debatible. Lo que es inaceptable e inconstitucional es intentar suspenderla para las próximas elecciones con un articulito en el presupuesto.

La ley de garantías limita la contratación durante los meses de campaña y esto es bueno incluso sin reelección, pues impide que gobernantes usen la contratación para favorecer a ciertos candidatos. Es entonces bueno mantenerla pero es un tema debatible.

Lo que no es debatible es meter un articulito en el presupuesto que busca suspender esa prohibición de contratación en las próximas elecciones. Eso es groseramente inconstitucional al menos por dos razones:

Primero porque es un mico que viola la regla de unidad de materia, según la cual una ley debe referirse a una materia y son inconstitucionales los contenidos que carecen de conexidad con el tema de la ley.

La regla de unidad de materia es más estricta en la ley de presupuesto que en otras leyes, como lo ha señalado la Corte en muchas sentencias, como la C-438/19, porque el contenido de esa ley está definido por la propia Constitución precisamente para evitar micos

Solo pueden hacer parte de ley de presupuesto la evaluación de ingresos, las partidas de gastos y los artículos necesarios para ejecutar presupuesto. Nada más. Es obvio que un artículo que suspende una norma electoral desborda ese marco y es un mico inconstitucional.

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Segundo, la ley de garantías es estatutaria, que es ley de especial jerarquía por las materias que regula (derechos fundamentales, funciones electorales, etc): tiene mayorías especiales, revisión previa por Corte. No puede ser modificada por ley ordinaria, como presupuesto

Eso ya lo había señalado explícitamente la Corte en la sentencia C-515/04 que tumbó artículos en el presupuesto que  buscaban modificar leyes estatutarias electorales…. que es lo que pretende ahora el Congreso

Es entonces obvio que es inconstitucional esa pretensión de suspender la ley de garantías por un mico en el presupuesto. ¿Por qué insistir el algo que indudablemente la Corte tumbará en su momento? Hay una razón perversa

Si el Congreso aprueba ese esperpento jurídico y el presidente no lo objeta (como tendría que hacerlo), el proceso ante la Corte puede tomar algunos meses… Y el daño estará hecho pues ya los gobernantes pudieron usar la contratación pública para favorecer a sus candidatos.


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