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Lamento el fallo que anula curul de Ángela María Robledo – Por: Rodrigo Uprimny

No hay intención persecutoria de la Corte contra la oposición al anular curul de Robledo pues es un tribunal imparcial. Fue una interpretación errada de una inhabilidad. Pero el resultado es el debilitamiento de la oposición, cuando Estado de derecho está en riesgo

Rodrigo Uprimny

Ángela María Robledo muestra su talante democrático acatando fallo de Corte Constitucional que anula su curul. Con el respeto que tengo por la Corte, lamento esta decisión, tanto por sus implicaciones políticas como por su discutible fundamentación jurídica.

A nivel político, esta decisión debilita los ya débiles derechos de la oposición política, al eliminar la presencia de Robledo en el Congreso, quien recibió 8 millones de votos y debería estar en las cámaras para que oposición tenga una robusta expresión institucional.

Una voz fuerte y protegida de la oposición es esencial en una democracia constitucional. Fue un avance que reforma de 2015 estableciera que los segundos en votación en presidenciales fueran automáticamente congresistas.  La anulación de curul de Robledo debilita esa regla.

Jurídicamente el caso tiene complejidades pero creo que Corte y Consejo de Estado se equivocaron al interpretar extensivamente inhabilidad de doble militancia. Una inhabilidad es una excepción al derecho fundamental a ser elegido y debe ser interpretada restrictivamente

Problema 1:

Sentencia asume que inhabilidad por doble militancia se aplica frente a “grupos significativos de ciudadanos”. Discutible pues art 107 de Constitución no los incluye sino que prohíbe doble militancia entre partidos y movimientos políticos con personería jurídica

Problema 2:

Sentencia asume que inhabilidad por doble militancia se aplica a campañas presidenciales. Discutible pues constitución no lo dice expresamente y, por seguridad jurídica, se entiende que inhabilidades para presidente configuran un régimen constitucional cerrado

Recordemos que Robledo no fue electa a Congreso en una elección congresional y saltando de un partido a otro sino que adhirió a la campaña presidencial de Petro, que era de un grupo significativo de ciudadanos, y llegó a congreso por mandato del estatuto de oposición

No hay intención persecutoria de la Corte contra la oposición al anular curul de Robledo pues es un tribunal imparcial. Fue una interpretación errada de una inhabilidad. Pero el resultado es el debilitamiento de la oposición, cuando Estado de derecho está en riesgo


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