La filial pide un préstamo, la controlante la avala, el banco los embarga. El detalle está en que:
– La Controlante depende del ingreso de recursos públicos de destinación específica.
– Una es una cooperativa y la otra es una sociedad anónima.
El caso de Coosalud parece involucrar varias complicaciones legales y financieras, especialmente dadas la estructura de la organización y las relaciones entre sus entidades:
Estructura y Relaciones Corporativas:
En este caso, tenemos una cooperativa (Coosalud) y una sociedad anónima (la filial, Coosalud Inversa S.A.S, según se revela en los documentos anexos).
La cooperativa, que recibe fondos de recursos públicos destinados específicamente para la salud, actúa como garante o aval para un préstamo que solicita la sociedad anónima.
Esto introduce un complejo entramado de responsabilidades y riesgos, especialmente porque los recursos que se utilizan como garantía son de naturaleza pública y con una finalidad específica.
Uso de Fondos Públicos:
El hecho de que la cooperativa esté utilizando fondos públicos para garantizar préstamos privados plantea serias cuestiones sobre la legalidad y el uso adecuado de esos fondos.
Los recursos públicos están destinados única y exclusivamente a la prestación de servicios de salud y no deberían ser desviados o usados como garantía para préstamos de empresas privadas, lo cual podría ser visto como un uso indebido o incluso fraudulento de los fondos.
Embargo por el Banco:
Al no poder pagar el préstamo, el banco procede a embargar los bienes o recursos de la entidad garante, en este caso, Coosalud.
Dado que Coosalud depende de ingresos específicos para sus operaciones de salud, este embargo afecta directamente la capacidad de la cooperativa para cumplir con sus obligaciones de salud pública, lo cual tiene implicaciones legales y éticas significativas.
Diferencias entre Cooperativas y Sociedades Anónimas:
Las cooperativas, por su naturaleza, están orientadas hacia el beneficio de sus miembros y la comunidad, con un énfasis en la no maximización de beneficios personales sino en la utilidad social.
Las sociedades anónimas, por otro lado, buscan maximizar el beneficio para sus accionistas. Este contraste en los objetivos lleva a conflictos de interés y prácticas de negocio que no se alinean con la misión de una cooperativa de salud.
Implicaciones Legales y Regulatorias:
La intervención de la Superintendencia de Salud (SuperSalud) y la revelación de operaciones financieras prohibidas sugieren que hay una violación de normas que regulan cómo se deben manejar los recursos públicos destinados a la salud.
Además, la estructura de la cooperativa como garante de una empresa privada es una mala administración de recursos, lo que lleva a sanciones, investigaciones y, en este caso, justifica de sobremanera la intervención de la entidad.
Algunos expertos amigos le dicen a esto «EPS no tan juiciosas», pero el problema es la insuficiencia de la UPC
Los “Honorables» Directores queriendo hacerse los pendejos de que no sabían nada.
Esta es la junta de Coosalud donde se "refundieron" 200.000 millones de pesos.que el erario le entregó para atender a sus afiliados. Juzguen ustedes. pic.twitter.com/qfQ0MoV6jn
— Gustavo Petro (@petrogustavo) December 7, 2024
Hacen parte de la junta directiva de Coosalud, Jaime Pastrana, hermano del ex presidente Andrés Pastrana y Rafael Santos primo del ex presidente Juan Manuel Santos y hermano del ex vicepresidente Pacho Santos
Una junta directiva en una empresa, especialmente en una EPS que maneja recursos públicos con una asignación específica, tiene una responsabilidad crucial que va mucho más allá de un papel meramente decorativo.
Su función es la supervisión estratégica y la toma de decisiones que aseguren la gestión eficiente, ética y transparente de la organización.
La omisión en el cumplimiento de estas responsabilidades, como se describe en el caso de Coosalud, tiene consecuencias graves, tanto financieras como legales.
El incumplimiento de sus deberes fiduciarios puede exponer a los miembros de la junta a sanciones y acciones legales, y pone en riesgo los recursos públicos que están destinados a la atención de la salud.
La falta de diligencia debida por parte de una junta directiva en una situación como esta no es tolerable y justifica una investigación completa para determinar las responsabilidades individuales y colectivas.
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Fuente: Vicente Calvo en X