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La tragedia de Paul Solórzano

La tragedia de Paul Solórzano

Por: Rosberg Perilla Pérez

El concejal de Barrancabermeja por el Partido de la U,   Paul Enrique Solórzano García, actualmente pre candidato a la Alcaldía de Barrancabermeja, NO podrá participar en el debate electoral del próximo mes de octubre, si primero no responde ante la justicia por un hecho —de extrema gravedad— que actualmente las autoridades están investigando.

En el año 2012 —cuando Paul Solórzano no era conocido en el mundo político barranqueño, pero ya dueño de una empresa transportadora de hidrocarburos, con numerosos carro-tanques que conforman toda una poderosa flota de camiones dedicados a esa actividad comercial—  tuvo una discusión con el ciudadano Andrés Mejía Rojas, uno de sus socios, en las instalaciones de su empresa ubicada en el barrio Boston de Barrancabermeja (sector sur oriental de la ciudad).

En medio de la discusión, que minuto a minuto iba subiendo de tono, (hechos que son materia de investigación por parte de las autoridades), Paul Solórzano se hace a un arma de fuego y  mientras la víctima le suplicaba —de rodillas— que no le disparara, el hoy concejal de Barrancabermeja y pre candidato a la Alcaldía, desenfundó una carga de una sub ametralladora Costum Uzi 9 milímetros, uno de cuyos proyectiles —al parecer— entró superficialmente por el cráneo y así mismo salió de la cabeza de Mejía, no tocando áreas del cerebro (cuya lesión hubiera sido mortal), pero dejándolo en estado «vegetativo», totalmente inválido por el resto de sus días.

Investigaciones científicas señalan que 19 de cada 20 personas que reciben un tiro en la cabeza mueren inmediatamente por causa de la herida.  En este caso, la víctima Andrés Mejía, quedó vivo.

Socorristas y personal médico lograron llegar a tiempo al lugar de los hechos y posteriormente, tras intervenciones por parte de médicos especialistas —cirujanos traumatólogos—  lograron salvarle la vida, pero con una lamentable advertencia: «Mejía sufrió un trauma craneoencefálico que lo dejó con graves daños cerebrales por el resto de sus días».

Inexplicablemente —vaya uno a saber por qué razón— el proceso penal se inició en la Fiscalía por «lesiones personales», es decir, se consideró que se trataba de una «lesión personal culposa», pues la sub ametralladora … vaya sorpresas que da la vida … «se disparó accidentalmente».

En esa época, la fiscal local Doris Quintero consideró que se trató de un «accidente involuntario» en el que, desafortunadamente, el ciudadano Andrés Mejía quedó inválido.

Tras el concepto de la fiscalía local, la Juez Tercera Penal del circuito, doctora Ana María del Cairo, quien fungió de juez de conocimiento, decidió —repito, inexplicablemente— «archivar el proceso», dejando sin responsabilidad penal a Solórzano.

Sin embargo,  según pude establecer,  los familiares de la víctima, utilizando el recurso de «apelación»,  decidieron denunciar la irregularidad ante la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de  Bucaramanga.

Era lógico que  la defensa estaba inconforme por la decisión, tanto de la Fiscalía, por la errónea calificación de la conducta de Paul Solórzano, así como por las decisiones adoptadas por la señora juez.

Valía la pena apelar

Habían muchas dudas, en primer lugar el concepto dado por un perito criminalístico en balística forense  (quien es el funcionario que analiza, desde el punto de vista físico y químico el movimiento de los proyectiles y su efecto sobre los tejidos, para así evaluar los delitos),  había sido claro en el sentido de que «por la forma en que penetró el proyectil, el tiro fue a corta distancia y Andrés Mejía tuvo que estar arrodillado, en estado de indefensión, al momento del disparo».

De otra parte, según el informe de las autoridades, Paul Solórzano  «no estaba autorizado para disparar la sub ametralladora, porque el arma estaba asignada para uso del servicio de seguridad y vigilancia de su equipo automotor»  (los carro tanques) encargados de la distribución de combustibles en su empresa;    dicho en otras palabras,   «la sub ametralladora solo la pueden accionar los vigilantes de la empresa de seguridad, debidamente acreditados  para esa función».

Finalmente, también han ayudado a esclarecer los hechos, las declaraciones de la víctima, que aunque se halla en estado «vegetativo», ha podido —en medio de su grave convalecencia— ofrecer declaraciones a las autoridades, quienes han venido verificando los hechos.

En medio de toda esta deformidad jurídica, los familiares de la víctima acudieron al Tribunal Superior  en  la capital del departamento y desde esa instancia, luego de revisar detalladamente el desarrollo de los acontecimientos, deciden «reabrir el proceso»,  pero con una mala noticia para Paul Solórzano:   «la falta NO es una lesión personal culposa, sino una tentativa de homicidio»,  dándole así un giro de 180 grados a su situación jurídica, porque la tentativa de homicidio «es un delito doloso y no es querellable» y de acuerdo al Código Penal colombiano da pena entre 12 a 20 años de cárcel.

Se dice que la tentativa está presente  «cuando  con el objetivo de cometer un delito, alguien ha comenzado su ejecución por medios apropiados, pero   no se consume por causas ajenas a su voluntad».

Así las cosas, por orden de la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga, “el proceso regresa a Barrancabermeja», a la espera de ser asignado a manos de un fiscal del circuito, que decidirá la suerte del hoy concejal de Barrancabermeja.

De otro lado se ha conocido que familiares de la víctima, ya con todo el material probatorio recaudado, solicita, mediante una acción civil, una indemnización de $ 400 millones de pesos, proporcional al daño causado a la humanidad del ciudadano, Andrés Mejía Rojas, pero el hoy concejal de Barrancabermeja solo ofrece la suma de $ 150 millones de pesos.

Los familiares de la víctima, encabezadas por su esposa, piden a las autoridades que el caso no quede en la impunidad, «pues resultó muy sospechoso que intentaran archivar el proceso».

Lo peor de todo —y como ya es usual en nuestro medio— a los hechos le han puesto encima la «fresa que adorna al ponqué», ya que los familiares de la víctima manifiestan «estar recibiendo amenazas de muerte y presiones para que reciban solo los 150 millones de pesos y para que desistan del proceso penal», este último hecho hoy imposible, porque la tentativa de homicidio es un delito doloso y no es querellable.

Esta información fue suministrada por el abogado penalista, Ricardo Monsalve, apoderado de la familia de la víctima.

Quiero aclarar que, en ningún momento, durante el transcurso de esta columna periodística, estoy condenando al concejal Solórzano, quien —por supuesto— tiene derecho a un debido proceso y a defenderse de lo que le imputan.

Sin embargo, lo que, si creo, es que Paul Solórzano debe dar un paso al costado y renunciar a sus pretendidas intenciones de llegar a la Alcaldía de Barrancabermeja, mientras se aclaran estos hechos.

No es conveniente que su nombre forme parte del abanico de candidatos al primer cargo público del municipio con semejante peso encima.

Esa es la tragedia de Paul Solórzano.

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ROSBERG PERILLA PEREZ es un habitual columnista de BARRANCABERMEJA VIRTUAL.  Puede ser contactado en el correo electrónico: [email protected]

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