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Aquí se ha violado el derecho a la intimidad

Aquí se ha violado el derecho a la intimidad
Henry Zapata R

Por: Henry Zapata Reyes

 

Lo que aun no comprendo es el motivo o la razón que tuvo la revista Semana para publicar un artículo de un periodista que —bajo el manto de la ‘libertad de prensa’, y con propósitos inexplicables para el interés público—  intenta, sin derecho alguno, cuestionar aquello incuestionable, su ‘esfera privada’ (patrimonio de los ciudadanos, no de los funcionarios públicos).

 

Hoy es Abelardo de la Espriella, pero mañana será Cancino o Granados … en fin, cualquier abogado, médico, arquitecto, ingeniero, comerciante que «no le caiga en gracia», a un medio de comunicación, el que puede ser objeto de una ilegal intromisión.

 

Que un profesional —de cualquier área del conocimiento—  tenga o no un avión privado,  un yate, o  un  vehículo último modelo, no es un asunto que le deba interesar a un medio de comunicación, y mucho menos cuando el periodista solo advierte en su nota: «debe explicar»  y  ello no puede ser en tanto, el manto de duda que el periodista intenta sembrar cuando utiliza la expresión, «debe explicar», para el lector, se transforma en una verdad.     Basta leer los comentarios que se escriben en las redes.

 

Pregunto,   ¿es ese el objetivo del periodista? …  ¿es esa la razón de ser de Semana? …   ¿es esa la responsabilidad del periodista?

 

Si el asunto hubiese sido que la investigación del periodista lo llevó a un ‘hallazgo’ que indicara que Abelardo de la Espriella cometió una infracción penal, o fiscal, allí se habría producido una noticia o por lo menos un interés, digamos, general,  pero,   ¿desde cuándo un ciudadano (un particular) colombiano debe dar explicaciones sobre sus actividades a los medios de comunicación?    Y más aún,   ¿en donde está el interés general de la nota de este periodista, que condujo a Semana a considerar el artículo como publicable?

 

Esa frontera que hoy, la casa periodística Semana  traspasó, debe ser restaurada, bajo el reclamo de la protección de un derecho que no debe corromperse jamás y que no es otro que la ‘intimidad’, salvo —como lo ha repetido la Corte Constitucional colombiana— se presenten circunstancias que así lo ameritan,  ejemplo,  la comisión de un delito, pero nunca, bajo el pretexto de «debe dar una explicación».

 

Si esa puerta se abre, se rompe y se elimina la intimidad y ello —en un Estado democrático social y de derecho—  sencillamente es  impensable.

 

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HENRY ZAPATA REYES, Abogado penalista, ex procurador Provincial del Magdalena Medio.

 

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